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Aunque lo expulsen del PLD, Leonel puede ser candidato

El enfrentamiento de Leonel Fernández con la cúpula de su partido por su rechazo a que se modifique la Constitución para la reelección del presidente Danilo Medina, ha planteado la posibilidad de que pueda ser expulsado de la organización.

Fernández tiene un proyecto presidencial de cara a las elecciones del 2020 que si se materializa su expulsión del PLD, tendría que presentarse como candidato por otro u otros partidos políticos.

La Ley de Partidos Políticos 33/18 establece que el aspirante que haya participado en una candidatura no podrá presentarse por otro partido para el mismo torneo electoral.

El artículo 49 señala que para aspirar el tiempo de militancia la definen los estatutos de los partidos políticos. “Que tenga un tiempo de militancia o permanencia mínimo en el partido, agrupación o movimiento político consignado en los estatutos orgánicos del partido, agrupación o movimiento político por la que aspira a postularse”, señala el numeral tres del artículo 49.

En tanto, el numeral cuatro de ese mismo artículo establece: “El aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral”.

La Ley Electoral, en el artículo 134 sobre el transfuguismo, establece que las personas “que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación o movimiento político, a la que pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación o movimiento político o alianza en el mismo proceso electoral”.

El artículo 135 sobre la nominación señala que “los candidatos a cargos electivos que hayan de ser propuestos por un partido político deberá ser hecha por el voto afirmativo de la mayoría de los concurrentes a las elecciones primarias, convenciones o mecanismo de selección interna que conforme a sus estatutos convoquen para tales fines”.

Es decir, tanto la Ley de Partidos políticos como la Ley Electoral, establecen que la prohibición es para los dirigentes políticos que se hayan sometido al proceso de primaria o método de selección de los candidatos que decida cada partido.

Hasta ahora, ningún dirigente político está en esa condición dado que los partidos no han escogido sus candidatos, pues la Ley 33/18 estableció el proceso para octubre de este año.

Semana dura para el PLD por choques frontales

Los choques frontales entre la cúpula del PLD que apoya una segunda reforma a la Constitución para la reelección del presidente Medina y la radical oposición de Fernández esta semana se profundizaron cuando 22 miembros del Comité Político del sector de Medina acusaron a Fernández de beligerante y advirtieron que, si se cambia la Constitución, Medina participará en las primarias. El leonelismo arreció las protestas y exigió cumplir el pacto 2015.

Tomado de https://elcaribe.com.do

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